El tiempo que estuvo cerrado el establecimiento y la disminución de clientes hizo que les hiciera inasumible hacer frente a los préstamos
El juzgado de primera instancia número 6 (mercantil) de Lleida ha perdonado una deuda de 29.748,57 euros que había acumulado un hostelero de Tàrrega, A. B. V., que se vio afectado de manera directa por pandemia del Covid-19, la cual le obligó a cerrar el establecimiento ante la fuerte disminución de clientes sin poder hacer frente a los préstamos que había solicitado.
En el correspondiente Auto el magistrado señala que durante el procedimiento no se presentó ninguna oposición a la conclusión del concurso, a la rendición de cuentas ni a la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) sin plan de pagos y se la concede al cliente del despacho Bergadà Asociados al aplicar la Ley de la Segunda Oportunidad.
En cuanto a los hechos, debido al estado de alarma y a las restricciones por la pandemia el establecimiento hostelero permaneció cerrado durante mucho tiempo, sufriendo graves consecuencias económicas. Llegó un punto en el que los préstamos que había solicitado y avalado A. B. V. fueron inasumibles por su parte. Así, su situación económica no le permitió afrontar el pasivo insatisfecho, ya que tan sólo recibía una escasa nómina que procedía de la sociedad afectada y, además, sus familiares le tenían que ayudar económicamente para subsistir, por lo que tuvo que acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
La abogada y socia fundadora de Bergadà Asociados, Marta Bergadà, señala que «durante pandemia del coronavirus muchos empresarios y autónomos llegaron a una situación límite que, a día de hoy, aún siguen arrastrando en forma de pesada mochila de deudas«. Por ello, «llega un punto en el que se ven obligados a acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, ya que se encuentran ahogados y no pueden tirar hacia delante».
Muestra de ello es el hostelero de Tàrrega, «el cual llegó agobiado, porque a nadie le gusta deber dinero y que le atosiguen los acreedores«, explica la letrada. «Por suerte, se le ha concedido la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) al ser un deudor de buena fe y ahora puede mirar su futuro con optimismo», concluye Bergadà.