Es gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad y el juzgado mercantil de Lleida también aprueba un plan de pagos para hace frente durante cinco años a una pequeña parte que no ha sido exonerada de la deuda pública
El juzgado de Primera Instancia número 6 (mercantil) de Lleida ha perdonado una deuda de 84.584 euros, cifra entre la cual se encuentra una parte a la Seguridad Social, a una empresaria de Alcarràs, M. D. B., que se vio afectada por la crisis inmobiliaria y la pandemia. En este sentido, en el correspondiente Auto con fecha del pasado 21 de noviembre, el juez le concede a la mujer, representada por Bergadà Asociados, la exoneración del pasivo insatisfecho con carácter provisional al aplicar la Ley de la Segunda Oportunidad y aprobar un plan de pagos en los términos que se propusieron el 13 de julio, sin que en ningún caso el período de cumplimiento pueda ser superior a cinco años.
La empresaria regentaba un negocio de venta al por menor de artículos textiles y del hogar en Alcarràs, «una localidad que con el estadillo de la burbuja inmobiliaria se convirtió en una de las más afectadas por la crisis de la construcción, dejando a muchos empresarios en la ruina», recuerdan desde Bergadà Asociados. Así pues, dada la situación su deuda se fue incrementando hasta no poder hacer frente a ella, obligándola finalmente a tener que iniciar el camino de la Ley de la Segunda Oportunidad. «El camino hacia la exoneración, o perdón de las deudas, no ha sido un sencillo, por lo que se debe de contar con profesionales especializados en esta rama del derecho», explica la abogada y socia fundadora del despacho ubicado en Agramunt, Marta Bergadà.
En este caso, una vez solicitado dicho perdón por parte del despacho jurídico especializado en derecho concursal, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) se opuso a ese perdón alegando que la nueva ley no lo permite. Tras las alegaciones presentadas por los abogados, y con fundamento en la normativa europea, el juzgado de Primera Instancia número 6 (mercantil) de Lleida dictó sentencia por la cual se desestimaba la oposición de la TGSS y, así, abría la puerta a que M. D. B, fuera perdonada de todas sus deudas. Finalmente, el juez emitió el Auto en el cual declaraba extinguidas todas sus deudas menos 3.900,21 euros de deuda pública, cifra que representa una pequeña parte de lo que inicialmente debía tanto a la TGSS como a la Agencia Tributaria (AEAT), cantidad que hará frente mediante un plan de pagos de cinco años en cuotas mensuales que van de los 40 a los 135 euros al mes sin intereses.
«Tras años de vivir escondida por el temor a cientos de llamadas incesantes de sus acreedores y de ver retenida gran parte de su nómina, M. D. B., por fin ha sido perdonada de sus deudas», manifiesta Marta Bergadà. Por su parte, al tener conocimiento de la exoneración de sus deudas, la empresaria de Alcarràs manifestó que «me temblaban las piernas. Lloraba, reía y no me salía ninguna palabra. De hecho, siempre estoy sola en lo oficina, pero ese día estaban mis compañeros y ante tal reacción me preguntaron qué me pasaba y al contárselo también se alegraron como yo. Ahora sí que puedo cerrar un ciclo muy malo de vida. He aprendido muchas cosas y, sobre todo, a confiar de nuevo en mi misma», comentó.
«Ahora sí que puedo cerrar un ciclo muy malo de vida. He aprendido muchas cosas y, sobre todo, a confiar de nuevo en mi misma».
M. D. B., clienta de Bergadà Asociados
Las reformas de la ley concursal
Por otro lado, Marta Bergadà manifiesta que «son cientos los empresarios que se acuden al procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad que ahora, tras la reciente reforma, ha acelerado los trámites del procedimiento y pueden obtener el perdón de sus deudas en una media de cuatro meses. De hecho, alerta que no contar con un experto en insolvencia puede suponer un peligro, ya que «si no se redactan bien los escritos el concurso del deudor podría ser calificado como culpable y hasta dentro de 10 años no podrá optar a una nueva posibilidad de acceder al mecanismo de la Ley de la Segunda Oportunidad«.
Por otro lado, también señala que «la historia de la ley concursal es la historia de sus reformas», tal y como indica el prólogo del Texto Refundido de la Ley Concursal, y, por ello, «no sería de extrañar que antes de finales de este año, como regalo de Navidad, se publicara una reforma más que esperamos que esta vez incluya el perdón de la totalidad de las deudas públicas». Y es que, «el superblindaje de la deuda pública, al perdón de las deudas, no permite a muchos empresarios que vuelvan a generar riqueza y les condena a una muerte civil, social y económica segura», expresa Bergadà, razón por la cual «en Bergadà Asociados luchamos a diario para que pueda conseguirse, tal y como dicta la Directiva Europea 1023/2019, una plena exoneración de las deudas», concluye.