El juzgado mercantil de Lleida perdona una deuda de más de 1,3 millones de euros a un constructor de Preixana

El juzgado mercantil de Lleida perdona una deuda de más de 1,3 millones de euros a un constructor de Preixana

El magistrado aplica la Ley de la Segunda Oportunidad a este empresario afectado de forma directa por la crisis inmobiliaria de 2008

El juzgado de Primera Instancia número 6 (mercantil) de Lleida ha perdonado una deuda de 1.376.041 euros a un empresario vecino de Preixana, J. A. T., al aplicar la Ley de la Segunda Oportunidad.

El hombre, cliente del despacho situado en Agramunt Bergadà Asociados, era administrador de una empresa de construcción de la cual avalaba personalmente obligaciones económicas de la sociedad y se vio afectada de forma directa por el estallido de la burbuja inmobiliaria de 2008, sufriendo así la caída brusca de la demanda del mercado lo que derivó en el impago generalizado a sus clientes.

En este sentido, «después de más de 13 años sin poder tener ni una cuenta abierta a su nombre, ni optar siquiera a ser titular de una simple tarjeta de crédito, de ser acosado incesantemente por sus acreedores y sufrir múltiples embargos procedentes de ejecuciones sobre sus salarios», señalan desde Bergadà Asociados, el pasado 28 de diciembre el titular del citado juzgado emitió un Auto por el que se le perdonaban todas sus deudas.

El magistrado remarcó que «en el presente caso procede la conclusión del concurso al constar el informe favorable de la administración concursal y no consta oposición de ninguna de las partes», concediéndose así la exoneración del pasivo insatisfecho sin un plan de pagos.

El cliente de Bergadà Asociados, J. A. T., recuerda que «al conocer la noticia me quedé impactado e, incluso, aquella noche me costó dormir porque llevaba muchos años sufriendo esa situación, la cual llegó a suponer un trauma psicológico y anímico, ya que no podía nada con las entidades bancarias ni tener nada a mi nombre. Han sido unos años de una pesadilla emocional constante y dura».  

También señala que «cuando se lo explico a la gente se queda anonadada». Y, por todo ello, «por fin ha llegado el momento de respirar. Esta situación me ha cambiado tanto a mí como a mi familia, pero ahora vemos el futuro muy diferente».

«Pese a que fue el Día de los Santos Inocentes, esta EPI llegó en forma de un regalo de Reyes que nuestro cliente nunca hubiese soñado», argumenta la abogada, especialista en derecho concursal y en la Ley de la Segunda Oportunidad y socia fundadora del despacho, Marta Bergadà.

Además, también remarca que «no se trata de ningún premio de la lotería, sino de la aplicación de la Ley Concursal y la exoneración del pasivo insatisfecho a los deudores de buena fe mediante el procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad«.

«Por fin ha llegado el momento de respirar. Esta situación me ha cambiado tanto a mí como a mi familia, pero ahora vemos el futuro muy diferente»

J. A. T., cliente de Bergadà Asociados

Un camino difícil

Desde el despacho recuerdan que J. A. T. conoció la Ley de la Segunda Oportunidad a través de un empresario que le recomendó acogerse a este procedimiento, «ya que él mismo, de la mano de Bergadà Asociados, había logrado que le perdonaran una deuda de 400.000 euros».

La abogada especialista en derecho concursal y socia fundadora de Bergadà Asociados, Marta Bergadà, con una amplia y reconocida trayectoria en el ámbito concursal y en la Ley de la Segunda Oportunidad, indica que «sólo se comprende la situación por la que pasan algunas personas afectadas por las deudas cuando antes has pasado por ello».

En esta línea, añade que «es una situación desesperante y rocambolesca, en la que debes recurrir a tu familia y amigos para salir a flote. Además, sientes que no eres parte de la sociedad, sino que debes de ir siempre con la cabeza agachada, como si hubieses realizado algún hecho delictivo o vergonzante».

Según comenta Bergadà, «la sensación de acompañar a estos clientes desde el principio del procedimiento hasta el final del mismo es un altibajo de emociones«. Y es que, «empiezan llorando y explicando su cruda realidad, y pasan a empezar a ver una luz, por fin, al final del túnel. Paralelamente, en ocasiones también se da la incredulidad, incluso dentro del procedimiento, debido a que siempre hay comentarios realizados por personas que no creen que exista una ley que permita perdonar las deudas. Al final, reciben la llamada de su abogado anunciándoles que ya no tienen deudas y que se les ha concedido la oportunidad de empezar de cero. Es entonces cuando arrancan a llorar de nuevo, pero esta vez de alegría extrema». Por ello, puntualiza, «esas sensaciones te las llevas a casa irremediablemente y te sientes parte de su historia».

«La sensación de acompañar a estos clientes desde el principio del procedimiento hasta el final del mismo es un altibajo de emociones»

Marta Bergadà, abogada y socia fundadora de Bergadà Asociados

Por otro lado, Marta Bergadà explica que la Ley Concursal es una de las leyes que más reformas ha sufrido desde su entrada en vigor, más de 30, y cuenta con multitud particularidades, «por lo que es necesaria una gran profesionalización y experiencia». De hecho, la última reforma, que entró en vigor el pasado 26 de septiembre de 2022, «cambia radicalmente la norma y dota a la deuda pública de una gran protección, aunque acelera los procedimientos y disminuye sus costes», concluye.

Related Posts

Leave a Reply

Suscríbete al Blog



Artículos recientes

Liquidación y extinción de una sociedad con un solo acreedor: ¿Por qué no es necesario el concurso de acreedores?
Liquidación y extinción de una sociedad con un solo acreedor: ¿Por qué no es necesario el concurso de acreedores?
noviembre 15, 2024
Perdonan una deuda de 34.927 euros a un vecino de Guissona en situación de insolvencia tras pedir préstamos para ayudar a su familia durante la pandemia
Perdonan una deuda de 34.927 euros a un vecino de Guissona en situación de insolvencia tras pedir préstamos para ayudar a su familia durante la pandemia
noviembre 11, 2024
El TJUE abre las puertas a la inaplicación del artículo 487.1.2 del Texto Refundido de la Ley Concursal por falta de motivación
El TJUE abre las puertas a la inaplicación del artículo 487.1.2 del Texto Refundido de la Ley Concursal por falta de motivación
noviembre 7, 2024

¡Podemos ayudarte!

Si necesitas ayuda, por favor ponte en contacto con nosotros a través de nuestro formulario o llámanos.

93 135 33 3391 109 49 33

info@bergadaabogados.com Lun – Vie 08:00-15:00

Quiénes Somos

Somos una Asesoría Jurídica formada por profesionales epecializados en todos los campos relacionados con la Ley de Segunda Oportunidad.

Nuestra pasión por el trabajo que realizamos, se refleja en los innumerables éxitos cosechados y en el aprecio de nuestros clientes. Un reconocimiento fruto de la dedicación, experiencia, conocimiento y empatía que ponemos en cada caso.

Abrir chat
¿Necesitas ayuda?
Hola, ¿en qué podemos ayudarte?