Como explicaba en mi último post, cada vez hay más caraduras al acecho de oportunidades para vivir de la jeta y crecen los inquilinos morosos.
Éste post es duro, pero creo que del todo necesario, para que los inquilinos morosos dejen de hacer daño a las buenas personas, por lo que le pido que lo comparta al final de la lectura.
La última estrategia que parece que gusta a los indeseables que pretenden vivir a espaldas de gente buena y responsable que con su esfuerzo han ahorrado para invertir en una vivienda, que les permita tener en su jubilación un ingreso extra, y de esta manera poder vivir decentemente, es la siguiente:
Se presentan como personas muy cumplidoras, y entregan la documentación requerida por los propietarios; nóminas, últimos recibos del alquiler anterior, contrato de trabajo.
Hasta aquí todo normal si la documentación fuera real, pero ésta es ficticia, son fotocopias modificadas de antiguos trabajos, pues en la actualidad o están de baja ( por jeta), o están viviendo de algún subsidio.
No tienen ningún problema en entregar la entrada de la vivienda, normalmente 2 mensualidades, que se distribuyen en fianza legal y mes corriente de alquiler.
Pasado el primer mes, dejan de pagar los recibos de las rentas, alegando que la vivienda está en mal estado, que han tenido problemas con los suministros pues los contadores corren más rápido de lo normal, o que la vivienda precisa de reparaciones de las que ellos van a hacerse cargo ( todo ello mentira).
El pobre propietario ya tiene el problema dentro de su vivienda. Los primeros meses va a consentir estas explicaciones y aceptar la compensación de las rentas no pagadas por las «reparaciones», que los inquilinos morosos deben hacer dentro de su vivienda.
Después de insistir que le paguen las rentas, los inquilinos morosos, empiezan con el juego de que la vivienda arrendada es muy cara en comparación de otras ,que se sienten estafados y que siguen siendo necesarias más reparaciones.
El pobre arrendador se siente desesperado, decepcionado y engañado, y empieza a pensar en iniciar una demanda de desahucio.
Aunque la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Arrendamientos Urbanos, han acelerado el proceso, como los inquilinos morosos no tienen ingresos suficientes, van a pedir un abogado de oficio, nombramiento que en algunas provincias, es bastante lento por colapsos y en ocasiones tarda hasta 4 meses.
Finalmente el arrendador opta por pedirles a los inquilinos morosos que dejen la vivienda, y éstos muy hábilmente y fruto de exitosas experiencias anteriores, van a pedir al arrendador una indemnización por dejar la vivienda.
El arrendador desesperado, a veces accede a esta vía rápida de solución, y entrega el monto dinerario solicitado.
El tiempo ha transcurrido, los inquilinos morosos han vivido en la vivienda sin abonar importe ninguno por las rentas de alquiler, ni por los suministros dejando las deudas de los mismos al propietario y encima han obtenido un dinero, para seguir viviendo por la jeta, y ya están listos para buscar a otra víctima y seguir con este sistema de engaño.
Es un sistema más fino, que el de los okupas, que entran en las viviendas sin permiso ni título habilitante y además consiguen un suculento beneficio.
El papel de las agencias inmobiliarias, es vital en el arrendamiento de su vivienda, para que usted no se encuentre ante la desagradable situación comentada anteriormente con inquilinos morosos.
La agencia inmobiliaria, en primer lugar se ocupará de cerciorarse de que la documentación sea correcta y pedirá informes a otras agencias con las que los inquilinos hayan tenido tratos anteriormente. Muchas agencias actualmente comparten informaciones con sus compañeros de profesión.
En segundo lugar, le ofrecerán las garantías para que en caso de impagos de rentas por parte de sus inquilinos morosos, para que no tenga usted que sufragar gastos de abogados y procuradores, y siga cobrando las rentas, aunque esos inquilinos morosos dejen de pagarle y en caso de destrozos en la vivienda, podrá usted ser indemnizado con una cantidad para poderla reparar.
Si usted es propietario y quiere arrendar su vivienda, cuente con la ayuda de profesionales, que le ofrecerán la tranquilidad que desea, ante los imprevistos de inquilinos morosos.
Cualquier duda que pueda surgirle en este post, como siempre quedo a su entera disposición y esperando ser de gran ayuda,
Le pido que lo comparta en sus redes de inmediato, para que los inquilinos morosos no se salgan con la suya.
Los suministros deben colocarse siempre a nombre de los inquilinos, en el momento que no paguen los suministros estos le serán cortados, en consecuencia, la deuda es de los inquilinos y no del propietario, en el momento que no cuenten con los suministros de
luz , agua, gas, abandonarán ellos solos la vivienda, adicionalmente a la hora de querer solicitar el servicio de suministro para otra vivienda, le serán denegados por morosos.
Otra recomendación a los propietarios es que antes de firmar el contrato con los inquilinos, proporcionen los datos de estos a la compañía de electricidad para cambio de titularidad y si no son aceptados. NO FIRME CONTRATO DE ALQUILER, porque tienen ya deudas pendientes con la electricidad.
MUY IMPORTANTE HÁGASE UN SEGURO DE IMPAGO DE ALQUILERES si el pago de su hipoteca o sus ingresos para poder vivir dependen del pago del inquilino.
Me gustaría esntrar en contacto con Usted, para rentar mi departamento. Mi correo, está aquí abajo, pero mi celular es: xxxxxxxxxxxxx
Espero su comunicación.
Apreciado Jorge,
solo trabajamos en España.
Grcaias. Si necesita algo má, quedo a su disposición.
Apreciada Janeth,
No puedo estar más de acuerdo con tus consejos. Gracias por compartirlos con nosotros.
Estoy segura de que si los propietarios siguen estos consejos, se van a ahorrar bastantes disgustos.
Un fuerte abrazo y gracias por tu comentario.
Buen dia . Mi consulta es la siguiente . Yo abone 12000$ el ingreso a un local comercial , firme , presente toda la documentacion que fue requerida y mi contrato jamas me fue entregado . Al cabo de 2 meses . Yo me retire del mismo por este motivo, no puedo declarar mi comercio ni la carga social ni el medidor de luz , que estan colgados hace años . que corresponde sin el mismo . Su propietario lo vuelve a alquilar a otra persona . y hoy dice dar curso legal a dicho contrato . Mes mas tarde de mi retiro y teniendo otro inquilino . Como se llama esto??
Buenas tardes Marisa,
si usted entregó un monto de dinero, y no le han realizado la entrega del local, debe reclamar los daños y perjuicios y la devolución de esa cantidad.
Gracias por su mensaje. Un abrazo.
Buenas tardes, y muchas gracias por su post.
Ye sufrido el abuso de una inquilina que hizo paso por paso lo que usted relata. Después de 7 meses, con la justicia mediante, la casa ha sido desalojada pero me consta que ahora mismo está repitiendo la jugada en otra casa de mismo barrio. He podido hablar con la nueva casera, que en este caso es una mujer mayor, viuda reciente, que necesita el dinero de ese alquiler.
También estoy en contacto con las otras cuatro personas anteriores a mi.
Me gustaría pedirle consejo a la hora de denunciar públicamente a esta persona para parar esta cadena de engaños, pues no se como hacerlo. Qué me aconseja.
Muchas gracias
Buenas tardes Martín,
si la inquilina morosa te ha dejado una deuda por pagar puedes iniciar una reclamación judicial. Eso sería lo óptimo si esa «individua» tiene ingresos con los que responder por sus deudas.
Si conoces del cierto que no tiene ingresos, no te aconsejo iniciar una reclamación judicial, pues vas a entrar en más costes y podrías no recuperarlos.
De todas formas, si quieres, mándame un correo a info@martabergada.com, y te informaré del medio para que nunca más te encuentres en esta situación.
Gracias por tu mensaje y por seguirme. Un abrazo.
No se puede poner a nombre de los inquilinos los servicios básicos porque algunos tienen dinero y solo lo hacen para estafar, y pagar esos servicios y no la renta con el fin de quedarse en el inmueble. Acá hay una mala interpretación de las leyes por parte de abogados y demás juristas, acá hay un traslado de culpabilidad hacia el propietario, el inquilino es el único responsable de los servicios básicos hacia su familia, de lo que pueda ocurrirle, de su mantencion y de sus hijos al no pagar la renta por ellos y firmar un contrato.