Estamos en la antesala de una de las crisis económicas y sanitarias más arrasadoras que hemos vivido y que podamos recordar; la crisis del coronavirus. Esta devastadora crisis sanitaria arrastra a una economía que tímidamente empezaba a aflorar su cabeza, de nuevo hacia los negros abismos.
Sectores enteros como el transporte, el turismo, la hostelería, el comercio minorista no alimentario, la educación, el deporte o la cultura se han hundido de golpe, arrastrando consigo a muchos otros.
- Miles de empresas van a verse obligadas a reducir su plantilla de trabajadores, o lo que es peor a cerrar sus instalaciones y fábricas.
- Miles de trabajadores van a quedarse sin empleo y no podrán cumplir con sus obligaciones
- Miles de autónomos van a verse obligados a cerrar sus pequeños negocios y por lo tanto van a dejar de facturar.
Pero las obligaciones por ahora no cesan; cuotas de autónomos, impuestos, alquileres, facturas de suministros, transportes, seguros, cuotas hipotecarias, pólizas, y un largo etc… que se prevé que no se va a poder cumplir.
Ante la crisis del coronavirus, nadie, ni siquiera los políticos saben cómo actuar, a pesar de las medidas económicas anunciadas, que de bien seguro van a quedar cortas, o van a descuidar sectores como el de los autónomos , y no es para menos, pues nunca antes había sucedido algo con este monstruoso abasto.
Soluciones a la crisis económica
Uno de los remedios con el que contamos para refugiarnos de esta tormenta perfecta, es la Ley Concursal, también llamada la Ley de Segunda Oportunidad, que acoge bajo su paraguas tanto a empresas como a personas físicas empresarios o trabajadores por cuenta ajena.
Para acogerse a la Ley Concursal, no hace falta que hayas dejado de pagar tus deudas e incumplido tus obligaciones, sino que es posible acogerte sólo con que preveas que no vas a poder cumplir con ellas en breve; a esa situación se le llama insolvencia inminente.
Miles de empresas y personas tanto empresarias como trabajadores por cuenta ajena, con la crisis del coronavirus van a verse ante esta situación y antes de que ello suceda es preciso marcar una estrategia para protegerse.
Realmente desde mi punto de vista, es el escenario siguiente:
“Nuestro barco hace aguas, y hay botes salvavidas para todos”. Nuestro barco, es lógicamente es la economía, y los botes son los expertos en Derecho Concursal que estamos a la disposición de todas las empresas, autónomos y trabajadores, para darles una solución.
Efectos de acorgerse a la Ley Concursal
Los principales efectos desde que una empresa, autónomo o trabajador se acoge a esta ley son los siguientes, en base a los artículos 55 y 56 de la Ley Concursal:
- No podrán iniciarse ejecuciones singulares, judiciales o extrajudiciales, ni seguirse apremios administrativos o tributarios contra el patrimonio del deudor
Tampoco podrá ejercitarse:
- Las acciones tendentes a recuperar los bienes vendidos a plazos o financiados con reserva de dominio
- Acciones resolutorias de venta de inmuebles
- Acciones para recuperar los bienes cedidos en arrendamiento financiero
Y si ya estuvieran estas acciones iniciadas deberán de suspenderse aunque ya estuviese publicado el anuncio de subasta del bien o derecho.
En definitiva, empresas y particulares podemos poner un paraguas y en el momento que pase de lejos esta tormenta perfecta de la crisis del coronavirus, volvamos poco a poco a la normalidad y recuperemos músculo económico, nada impide levantar ese concurso y salir del procedimiento, y si ello no es posible, al menos que podamos minimizar los efectos de la crisis del coronavirus.
Podemos ayudarte y lo haremos
Si prevés que en un breve periodo de tiempo no podrás cumplir con tus obligaciones, o conoces a alguien preocupado por esta situación, ponte de inmediato en contacto con nuestro equipo experto en Derecho Concursal y te asesoraremos para que quedes lo más protegido posible.
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Marta Bergadà