¿Cuántas veces entramos en dudas, en lo que a impuestos se refiere?
Conocemos la obligación de sus pagos, pero a veces desconocemos, los derechos que nos asisten, cuando dejamos de utilizar el bien, que los ha dado lugar a ese impuesto.
Es el caso del impuesto de circulación de los vehículos.
Según el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Vigente hasta el 15 de Julio de 2015). Sub-sección 4. Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
[Tweet «El ICV se devenga el primer día del periodo impositivo, y se prorratea por trimestres naturales»], cuando se trata de primera adquisición, o baja temporal, definitiva, robo.
Eso significa que sólo con que haya pasado un día del trimestre, ese trimestre debe abonarse entero.
Si por ejemplo, damos la baja definitiva el 1 de octubre, no vamos a tener derecho a la devolución de cantidad alguna.
Será suficiente para la devolución de parte del impuesto de circulación,
- La comunicación al Ayuntamiento pertinente,
- El documento de baja del vehículo,
- El recibo del impuesto pagado,
- La copia del DNI, del titular del vehículo
- El impreso sellado por el banco, certificando la propiedad de tu cuenta bancaria, para que el Ayuntamiento pueda proceder a la devolución, de parte del impuesto de circulación.
Muchas personas desconocen que tienen derecho a reclamar la devolución de parte del impuesto de circulación de sus vehículos en los casos anteriormente mencionados, y no hacen uso de estas facultades, por desconocimiento de ello. De hecho, existen dudas, y confusiones, con el tema de los seguros de vehículos, que en el caso de baja definitiva, al ser el contrato y la prima anual, aunque se pague trimestral, o semestralmente, debe abonarse la totalidad de la anualidad.
Al comunicar a la compañía aseguradora la baja del vehículo, la mayoría de compañías paralizan el seguro durante un año, a la espera de adquirir un nuevo vehículo, y aprovechar la prima no consumida.
Una parte importante de nuestro dinero se va con los impuestos, y tener en cuenta estas pequeñas cuestiones nos van a ayudar a ahorrar pequeñas cantidades que a fin de año, sumadas, tienen una importancia vital, en la economía de las familias.
Espero esta información te haya sido de utilidad, y si te encuentras en este caso, sepas que [Tweet «tienes derecho a pedir la devolución de parte del impuesto de circulación de tu vehículo.»]
K suele tardar la devolución del impuesto ?
Ahora que en Madrid están limitando el acceso a TODO el centro con líneas rojas en el suelo, nos tendrán que devolver el proporcional de esa parte de Madrid por la que NOS PROHIBEN circular, verdad?
Porque si yo pago un impuesto de circulación anual será para poder circular, no? También pago por poder aparcar en la maldita calle y que me lo rayen o caguen los pájaros… este país se va a pique…
VEGONZOSO es la única palabra que define a la situación actual de Madrid en particular y España en general.