La abogada en Bergadà Abogados explica cómo vive los procedimientos, las inquietudes de los clientes y, además, argumenta los cambios que haría en la Ley de la Segunda Oportunidad
Usted ya se ha consolidado como abogada en Derecho concursal, pero para quien no la conozca, ¿cómo se presentaría?
Mi nombre es Belén Blasco, tengo 26 años y fuera del ámbito profesional me considero una persona alegre y empática. Dentro de él, me gusta ser organizada y responsable, sin perder la cercanía con los clientes, pues al final el procedimiento judicial es un ámbito desconocido para muchos de ellos y nuestro acompañamiento supone un alivio en momentos de tanta incertidumbre.
¿Cómo llegó a Bergadà Abogados?
Tras finalizar mis estudios del Máster de Abogacía y superar el examen de acceso en el año 2023, me encontraba trabajando en otro despacho especializado en el ámbito civil. Durante este periodo de tiempo seguí formándome en el ámbito concursal, pues desde mi Trabajo Final de Grado en el que me formé más detalladamente sobre ello me sentí muy cómoda y interesada por esta rama del Derecho.
Hace poco más de siete meses encontré la oferta de trabajo para cubrir la vacante en la que actualmente presto servicios. Las primeras sensaciones fueron muy positivas, sentí la profesionalidad desde el primer momento y vi reflejado el servicio de calidad que intentaban prestar a los clientes.
El despacho Bergadà Abogados se me ha dado la oportunidad de formar parte de un equipo del que destaco su alto nivel profesional, pero sobre todo humano, haciéndome sentir desde el primer momento una compañera más.
¿Qué es lo que destacaría de su trabajo como abogada?
En esta profesión es muy difícil no hacer tuyos los problemas de los clientes y conseguir hacer valer sus derechos genera una alegría y satisfacción muy grande. Se trata de ofrecer la mejor solución en cada caso, lo que supone conocer la historia que les ha hecho llegar a su situación actual, sus miedos y aspiraciones tras el procedimiento, y ese lado humano es el que más me gusta de mi trabajo diario.
¿Porqué el Derecho concursal?
Cómo he comentado anteriormente, fue un tema que me llamo mucho la atención cuando cursé el grado en Derecho, por lo que decidí centrar mi estudio de final de grado en este tema, concretamente en la reforma del TRLC introducido tras la aprobación de la Ley 16/2022.
Asimismo, tuve la suerte de hacer las prácticas del Máster de Acceso a la Abogacía en un despacho especializado en la materia, lo que me hizo comprender de primera mano cómo se ve en la práctica esta materia
Y más concretamente, ¿porqué enfocarse a la Ley de la Segunda Oportunidad?
Tras conocer una variedad de casos en el despacho te das cuenta que muchos clientes se encuentran en situaciones límite, siendo esta la única salida para poder comenzar de nuevo su vida, sacar adelante a sus familias e incluso volver a ver con optimismo su futuro. Poder acompañar a las personas en un proceso tan importante como puede ser éste genera una gran satisfacción a nivel profesional y personal, pues no es otro el propósito que el de hacer valer sus derechos.
En el despacho son varios profesionales trabajando codo con codo. ¿Cuáles su función dentro de ese engranaje?
En mi caso, me ocupo del trato previo con el cliente, en el que me comenta cuál es su situación, para poder hacer así un estudio de la viabilidad de su caso, centrándonos en los requisitos legales para hacer valer este derecho. Posteriormente, si deciden comenzar el proceso de nuestra mano comienza el proceso previo a la solicitud de su concurso, tenemos una primera visita para conocernos y tratar todas las dudas al respecto. Una vez tenemos lista la documentación, preparamos el proceso, ocupándome de ello desde el inicio hasta el final.
¿Cómo es la conexión con los clientes?
Mi forma de ser me hace conectar rápidamente con sus miedos y emociones. Trato de hacerles sentir que desde el momento en el que contactan con nosotros su “mochila” es nuestra para que ellos puedan sentir alivio al contar con profesionales que se hacen cargo de ello.
Creo que un mundo tan rápido y superficial como en el que vivimos, donde muchas veces las personas pasamos a ser números, se agradece un trato personalizado y familiar. He tenido la inmensa suerte de tratar con clientes de los que destaco por su calidad humana y que me han hecho crecer tanto profesionalmente como personalmente.
¿Qué es lo que más les preocupa a los clientes?
Depende del caso y de las circunstancias de cada uno. En muchos casos el desconocimiento de la normativa y del propio proceso judicial les hace desconfiar hasta que consiguen la EPI. En otros casos, los miedos por las posibles consecuencias durante la tramitación de éste o no poder conseguir refinanciación en un futuro.
¿Qué momento más complicado recuerda?
Los momentos más complicados vienen de la mano de las historias que hay detrás de cada cliente. Muchos de ellos acuden como última alternativa, se sienten muy desmotivados y sin fuerzas para seguir adelante, con todo lo que psicológicamente conlleva vivir situaciones de este tipo.
Y por el contrario, ¿el mejor momento?
El momento en el que les comunicamos su EPI a los clientes es muy emocionante, tanto para ellos como para nosotros. No obstante, en el día a día luchas muchas “pequeñas batallas”, como por ejemplo puede ser una suspensión de una ejecución o un alzamiento de embargos. En esos momentos en los que el final del proceso puede no estar tan cerca, poder darles un poquito de luz durante el proceso siento que alivia la incertidumbre y el miedo, y puede ayudar a vivir el proceso con una actitud más positiva y esperanzadora.
Supongo que cada caso es un mundo diferente…
Por ello, es importante contar con un equipo de profesionales cuyos perfiles son diferentes.
¿Es difícil no mezclar las emociones?
En mi caso me es imposible no hacerlo, tanto las positivas como las negativas. Como bien he dicho antes, no son números, son personas con nombre y apellidos que vienen con una historia y que, inevitablemente, al dejar sus cargas en el despacho, pasan a ser nuestras. Por lo tanto, cada caso se trabaja intentado dar el 100% por cada uno de ellos.
Supongo que después de decirles que el juez les ha perdona la deuda con algunos de ellos aún siguen manteniendo contacto. ¿Es fácil para ellos empezar desde cero o hay un proceso de adaptación por el sufrimiento que han padecido?
Una noticia tan impactante como que pueden comenzar de cero es difícil de asimilar. Muchos de ellos necesitan unos días para gestionarlo, lo que encuentro normal teniendo en cuenta la presión psicológica que vienen sufriendo desde hace meses incluso años.
Nos alegra saber su evolución tras la EPI y conocer sus nuevas situaciones, viéndolos salir mucho más reforzados tras el proceso.
Centrándonos en la Ley de la Segunda Oportunidad. ¿Por qué cree que es tan desconocida todavía?
Creo que es porque se trata de una ley relativamente nueva y que hasta el momento no ha tenido mucha repercusión mediática. En los últimos meses, poco a poco, los medios se van haciendo eco de este tipo de casos y con sus publicaciones ayudan mucho a que las personas puedan conocer de su existencia. De hecho, muchos de nuestros clientes se deciden a comenzar el proceso tras leer en las noticias casos similares a los suyos.
En relación a lo anterior, ¿cómo puede llegar a más gente, es decir, qué se debería hacer para que fuera más conocida?
Creo que la publicidad de este proceso debería de verse incrementada en gran parte desde las instituciones públicas. Muchos de nuestros clientes han acudido a sedes judiciales sin obtener repuestas a las situaciones de desesperación que podían estar viviendo.
¿Son necesarios tantos cambios a menudos en la Ley de la Segunda Oportunidad y en la Ley Concursal?
Cómo en todos los ámbitos del Derecho es importante que se vaya adaptando la regulación a los cambios que se den a nivel social, pues sin esta adaptación quedaría desfasada, no ofreciendo solución a los problemas actuales.
Entonces, para ustedes los/las abogados/as, la formación es constante…
Es muy importante mantener la constante formación al tratarse de una ley que ha sufrido modificaciones muy recientemente y diariamente se va conociendo de jurisprudencia que va asentado los criterios a seguir.
¿Qué les diría a todas aquellas personas que se encuentran ahogadas por las deudas?
Que, aunque a veces no se ve la luz dentro de la situación tan complicada que están vivienda, no pierden nada por consultar su caso con experto, pues la peor de las situaciones sería quedarse como están. Son momentos duros y el miedo se apodera ante situaciones tan complicada, pero hablándolo con expertos y tratando el caso se les pueden ofrecer distintas alternativas, pues desde un punto de vista objetivo y externo los problemas se pueden abordar de distinta manera.
¿Y si usted pudiera hacer cambios en la Ley de la Segunda Oportunidad qué cambiaría?
Bajo mi punto de vista, la actual regulación del artículo 487 del TRLC relativo a las excepciones para poder obtener la exoneración del pasivo insatisfecho, y más concretamente la regulada en el punto 2º sobre la derivación de responsabilidad en los administradores de sociedades, es uno de los puntos en los que más veo que la normativa estatal difiere de la finalidad última de la Directiva (UE) 2017/1132 (Directiva sobre reestructuración e insolvencia).